Ya se pueden consultar los modelos de competición para el desarrollo de las categorías territoriales de fútbol, fútbol-7, fútbol 8 y fútbol sala, que comienzan el próximo fin de semana | |
Las citadas bases contienen los siguientes puntos que regulan la competición territorial y que se encuentran desarrollados en la circular general nº 25.
1. El uso de la mascarilla será obligatorio en las competiciones, no siendo exigible en los partidos
disputados al aire libre en las categorías aficionado, juvenil y femenina. 2. Se permite la presencia de público de la localidad donde se ubique el campo de juego, con un aforo
máximo del 30 por ciento siempre sentado, sin que pueda superarse en ningún caso la presencia de
trescientas personas en lugares cerrados o de quinientas en instalaciones al aire libre, debiéndose
garantizar en todo caso la distancia interpersonal de seguridad de 1,5 metros. 3. El aforo máximo señalado en el párrafo anterior no será aplicable a las competiciones o eventos de
categorías cadete e inferiores, en las que está prohibida la presencia de público, con excepción de la
única persona que acompañe de manera necesaria a cada deportista por razones de edad o cualquier
otra circunstancia que lo exija. 4. El titular o responsable de la instalación deportiva deberá asegurar que se adoptan las medidas
necesarias para el cumplimiento de la normativa vigente, pudiendo denegar la celebración del
encuentro o el acceso de público en el caso de no poder garantizar dicho cumplimiento. 5. Se permitirá el acceso a un máximo de cuatro directivos del equipo visitante. 6. El uso de vestuario y duchas solo estará permitido a los equipos desplazados desde otra localidad. El uso
de los vestuarios no podrá superar el 50 por ciento de su aforo. 7. En el supuesto de que el propietario de la instalación opte por mantener cerrados los vestuarios, deberá
habilitar un espacio, a modo de oficina con mesa y silla, para que el colegiado redacte el acta. 8. Queda prohibido el consumo de comida y bebida en los recintos deportivos, salvo el realizado en las
mesas de los establecimientos de hostelería ubicados en dichos espacios. En todo caso respetando
siempre la normativa vigente en cada momento. 9. Cada club dispondrá de un responsable Covid-19, que por defecto será el presidente. Caso de querer
modificar esta designación debe notificarse por escrito a través de la intranet federativa. 10. Será obligatoria la toma de temperatura a través de un termómetro digital sin contacto a cada una de
las personas que accedan al recinto deportivo, debiendo denegarse a aquellos con temperatura superior
a los 37,5 grados. La instalación deportiva deberá disponer de botellas de solución hidro alcohólica de
manos, siendo obligatorio su uso para toda persona que acceda al recinto deportivo. |